DESCRIPCIÓN
Mat. CUCICBA N° 611
Las medidas informadas son referenciales y el precio puede modificarse sin previo aviso.
ALQUILERES DE VIVIENDAS:
LEY 5859 - ART 4: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente
al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.